Desde el 12 de agosto de 2026, las empresas sin establecimiento en Alemania que venden productos envasados directamente a consumidores finales alemanes deben nombrar un representante autorizado (Bevollmächtigter) con sede en Alemania (VerpackDG, que implementa el art. 45 del PPWR). Sin ello, ya no es posible un registro LUCID válido — y plataformas como Amazon están legalmente obligadas a bloquear los anuncios no registrados.
Nosotros no somos un representante autorizado. Dos caminos claros: si necesita un representante autorizado, le ponemos en contacto directo con nuestro socio en 23 países. Si no lo necesita porque tiene un establecimiento en Alemania, le guiamos nosotros mismos a través del registro LUCID con acompañamiento.
1. ¿Tiene un establecimiento en Alemania?
Sí → normalmente no necesita representante; usted cuenta como productor nacional.
No → pregunta 2.
2. ¿Vende directamente a consumidores finales en Alemania?
Sí (Amazon.de, eBay, Etsy, tienda propia, dropshipping) → usted cuenta como productor según la ley de envases.
No, solo B2B a un importador alemán → normalmente el importador es responsable.
3. ¿Los productos están envasados al llegar al cliente?
Sí → se aplica la obligación de representante autorizado.
Hace:
– asume todas las obligaciones tras su registro en LUCID (el registro en LUCID lo realiza usted mismo como productor y allí designa al representante)
– le inscribe en un sistema dual (participación en el sistema)
– presenta los informes de volumen y actúa como contacto ante la ZSVR y las autoridades
– asume la responsabilidad del cumplimiento correcto de las obligaciones EPR
Importante — cómo se hace efectivo el nombramiento: un contrato firmado por sí solo no es suficiente. Usted nombra al representante con su ID en su cuenta de LUCID, el representante confirma el nombramiento en su propia cuenta, y solo tras la verificación por la ZSVR el nombramiento es válido. Su representante autorizado le guía a través de ambos pasos.
No hace:
– cubrir el coste de la licencia de envases (sigue siendo su responsabilidad)
– preparar la declaración de conformidad PPWR (créela con nuestro generador)
– gestionar el etiquetado de envases según el art. 15 PPWR (generador de etiquetas)
¿Necesita un representante autorizado? Le ponemos en contacto con un socio experimentado que ofrece servicios de representante autorizado y registro EPR en 23 países — Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, España y Suecia. Los precios varían según el país (ejemplos en las preguntas frecuentes más abajo). Usted recibe un presupuesto concreto del socio exactamente para los países en los que vende; el contrato y la gestión se realizan directamente entre usted y el socio.
¿No está seguro de si le afecta? La comprobación de 3 preguntas anterior es suficiente en la mayoría de los casos. Para situaciones especiales — dropshipping, almacenes Amazon FBA en varios países de la UE, negocio mixto B2B/B2C — lo aclaramos en una breve consulta inicial (99 € único pago).
Para cada país le indicamos un socio local de confianza. El contrato y los siguientes pasos se gestionan directamente entre usted y el socio.


Podemos recibir una comisión por las recomendaciones a nuestros socios. Esto no le supone ningún coste adicional.
El principio se aplica recíprocamente en los 27 estados miembros: quien vende directamente a clientes finales en Francia, Italia, España o los Países Bajos se convierte en productor allí y también necesita un representante autorizado local.
Las empresas sin establecimiento en Alemania que venden productos envasados directamente a consumidores finales alemanes (p. ej. a través de Amazon, eBay, Etsy o su propia tienda). Según la ley alemana de envases, cuentan como productor y deben nombrar un representante autorizado con sede en Alemania. Las empresas con establecimiento en Alemania generalmente no lo necesitan.
El registro en el registro de envases LUCID lo realiza la propia empresa —es una obligación personal del productor— y en él designa al representante. A continuación, el representante asume todas las demás obligaciones de envasado frente al Registro Central de Envases (ZSVR) y las autoridades: participación en un sistema dual, informes de volumen, la declaración de integridad cuando sea necesaria y actuar como contacto oficial. El coste de la propia licencia de envases sigue siendo responsabilidad de la empresa.
Sí. Lo que importa no es el país de origen, sino si existe un establecimiento en Alemania. Un vendedor de Austria, Polonia o los Países Bajos sin establecimiento alemán se ve afectado igual que un vendedor de China o EE. UU. El principio se aplica recíprocamente en todos los estados miembros de la UE.
Los paquetes todo incluido habituales en el mercado — representante autorizado, registro EPR y participación en el sistema dual en uno — cuestan alrededor de 100 € al año para Alemania. Otros países de la UE suelen ser más caros, p. ej. Países Bajos aprox. 160 €, Francia aprox. 250 €, España aprox. 320 €, Austria aprox. 480 €, Italia y Polonia aprox. 500 € al año. Importante: el registro es por año natural — si empieza en otoño, normalmente paga el año en curso y el siguiente. Todas las cifras son precios orientativos habituales en el mercado (a fecha de octubre de 2026), no precios de un socio concreto; el precio vinculante lo indica cada proveedor.
No. No somos un representante autorizado y no asumimos responsabilidad como tal. Si necesita uno, le ponemos en contacto directo con nuestro socio, que ofrece servicios de representante autorizado y registro EPR en 23 países — todo lo demás se gestiona directamente entre usted y el socio. Si no necesita un representante autorizado porque tiene un establecimiento en Alemania, le guiamos nosotros mismos a través del registro LUCID.
No. El nombramiento solo se hace efectivo una vez que usted nombra al representante con su ID en su cuenta de LUCID, él confirma el nombramiento en su propia cuenta, y la ZSVR ha verificado el vínculo. Sin esta confirmación bilateral en el registro, la obligación no se considera cumplida.
En diciembre de 2025 la Comisión Europea propuso suspender la obligación de representante autorizado hasta el 1 de enero de 2035, sobre todo para productores establecidos en otro Estado miembro de la UE; a los productores de terceros países (p. ej., China, EE. UU., Reino Unido) los Estados miembros podrían seguir exigiéndoles un representante autorizado. El 5 de octubre de 2026 la comisión de medio ambiente del Parlamento Europeo votó a favor de limitar la exención a las micro y pequeñas empresas establecidas en la UE; la votación en el pleno está prevista para el 19 de octubre de 2026 y después seguirán las negociaciones con el Consejo. Hasta que se adopte efectivamente un cambio, la obligación se aplica sin cambios desde el 12 de agosto de 2026 (VerpackDG). A fecha de 14 de octubre de 2026.
Nota: esta página no sustituye el asesoramiento legal. Estado: 14 de octubre de 2026.